jueves, 29 de agosto de 2013

DIRECTIVA DEL DESPACHO




DIRECTIVA DEL DESPACHO
PARA: RECTORES Y CUERPO DOCENTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN LOS MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS DEL DEPARTAMENTO CUNDINAMARCA.
DE: PIEDAD CABALLERO PRIETO - SECRETARIA DE EDUCACIÓN
ASUNTO: ACCIONES EDUCATIVAS CON MOTIVO DEL PARO AGRARIO
FECHA: Bogotá D.C., 24 de Agosto de 2013.



Es de público conocimiento que con motivo del paro agrario declarado y que continúa adelantándose, se están generando disturbios que vienen afectando gravemente a la población en general.
En apoyo a tales actos de desorden que afectan la movilidad por las carreteras, y producen otras consecuencias, se vienen uniendo niños y adolescentes de nuestro sistema educativo, tanto de instituciones públicas como privadas, quienes también se están comportando como actores protagonistas en estos desórdenes, en distintos municipios del Departamento.
Por ello, este Despacho convoca a todos los rectores y al cuerpo docente de los establecimientos educativos administrados por el Departamento, para que, desde la escuela donde ocurren las lecciones dispuestas en la malla curricular y el plan de estudios y se orientan las prácticas formativas dentro y fuera del aula, valiéndose de las mismas, se insista sobre los valores éticos y la formación ciudadana que exige el respeto del otro y que obligan a ejercer los derechos y a obtener lo que se considera justo y debido a través del diálogo, la serenidad y el argumento, y no de la violencia y la fuerza física.
Se ordena a la vez, que en todas las escuelas al cuidado y cargo de la Secretaría de Educación, sin modificar el calendario académico, en los espacios de orientación estudiantil que éste provee o en semejantes, se realicen durante estos días jornadas de reflexión y eventos formativos con toda la comunidad que busquen disuadir a los escolares de este tipo de participación indebida y que en virtud del principio de corresponsabilidad dispuesto en el artículo 10° de la ley 1098 de 2006, ayuden a convencer al estudiantado del grande valor de llevar a casa un mensaje de cordura que anime a sus padres y demás allegados, a lograr acuerdos sólo por las vías de la comunicación exenta de toda violencia, del daño físico a las personas y a los bienes y del irrespeto.
También en estos espacios de reflexión programados e ideados de conjunto por el rector y su cuerpo docente, lo mismo que en la clase presencial, debe hacérseles saber a los educandos de los castigos y procedimientos sancionatorios que pueden aplicárseles, de acuerdo con lo que ordena el Código de la Infancia y la Adolescencia, las competencias otorgadas a los rectores por las leyes de la educación, particularmente la 115 de 1994, y las determinadas en el respectivo Manual de Convivencia.
Con mi saludo y segura de su sentido colaborador y sus grandes dotes como educadores integrales,

PIEDAD CABALERO PRIETO.

No hay comentarios:

Publicar un comentario